Los fraudes inmobiliarios crecieron 800 % en 20 años en México

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Suplantación de identidad, ventas múltiples y documentación apócrifa están llevando al sector inmobiliario a reforzar la verificación de compradores y vendedores antes de formalizar una operación. Neivor ofrece la autenticación biométrica para evitarlos

Los fraudes inmobiliarios en México han aumentado hasta 800 % durante las últimas dos décadas, mientras modalidades como la suplantación de identidad, los falsos asesores y la venta múltiple de una misma propiedad elevan la presión sobre desarrolladoras y compradores para verificar quién está realmente detrás de cada operación. 

Entre los esquemas detectados se encuentran personas que se presentan como asesores sin contar con respaldo profesional, la comercialización de inmuebles inexistentes, la oferta de propiedades por personas que no son sus propietarios legítimos y el ofrecimiento simultáneo de un mismo inmueble a distintos compradores. Estas modalidades han trasladado parte del riesgo inmobiliario desde la validación de la propiedad hacia un punto mucho más básico: comprobar la identidad de las personas que intervienen en la transacción.

El impacto económico tampoco es marginal. Estimaciones de la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios sitúan las pérdidas por fraudes inmobiliarios en alrededor de 600 millones de pesos anuales

La preocupación también llegó al Congreso de la Ciudad de México. En mayo de 2026 se presentó una iniciativa para reforzar mecanismos de prevención frente a delitos inmobiliarios. Durante su presentación se señaló que al cierre de 2024 se habían registrado más de 4.500 casos de fraude inmobiliario en la capital y alrededor de 30.000 carpetas de investigación por despojo acumuladas durante siete años. La propuesta continúa siendo una iniciativa legislativa y no debe interpretarse todavía como una nueva obligación legal vigente.

El punto débil de una operación puede estar en la firma
Una operación puede haber pasado por análisis comerciales, revisión documental y negociaciones durante semanas y, aun así, mantener un riesgo esencial si al momento de formalizar el contrato la identidad de quien firma depende únicamente del cotejo manual de una identificación.

La digitalización de los contratos permite agregar nuevas capas de evidencia: validación de identidad, registro de eventos, trazabilidad documental, sellos de tiempo y mecanismos que permitan demostrar posteriormente quién intervino, qué documento aceptó y cuándo lo hizo.

La NOM-151-SCFI-2016 establece precisamente requisitos para la conservación de mensajes de datos y la digitalización de documentos. No sustituye por sí misma el marco jurídico aplicable a la firma electrónica, pero permite fortalecer la integridad y conservación de la evidencia digital asociada a una operación.

De validar un documento a validar a la persona
En este contexto, Neivor está incorporando autenticación biométrica al flujo de Preventas Inmobiliarias, combinándola con la firma digital y la conservación de evidencia electrónica para reforzar la identificación del firmante en contratos de compraventa.

El objetivo es que la evidencia de una operación no termine únicamente en un documento firmado, sino que exista trazabilidad sobre quién firmó, cuándo lo hizo y qué identidad fue validada durante el proceso.

La plataforma ya permite generar promesas de compraventa digitales, integrar contratos dentro del expediente del comprador y mantener la documentación vinculada a cada operación. Neivor también centraliza información para procesos PLD/KYC y contempla conservación digital de expedientes durante diez años. 

“La certeza jurídica no debería comenzar cuando un problema llega a la notaría. Tiene que construirse desde el primer documento que firma el comprador. La tecnología permite que la identidad, el contrato y la evidencia de esa operación permanezcan vinculados desde el origen”, señaló Diego Chalita, del área Legal de Neivor.

La incorporación de biometría apunta así a transformar la firma digital de un simple paso administrativo en un mecanismo adicional de prevención frente a suplantaciones y controversias posteriores.